Apertura Inminente del Plazo para solicitar Ayudas para Emprendedores en Medina del Campo (años 2016, 2017, 2018)

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Apertura Inminente del Plazo para solicitar Ayudas para Emprendedores (años 2016, 2017, 2018).

IMPORTANTE: El plazo se abrirá en el momento que se publique la Convocatoria en el BOP.

Bases  reguladoras  de la  CONVOCATORIA DE 2018 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE MEDINA DEL CAMPO.

 

  • Objeto: La Concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas económicas, a fondo perdido, para la creación de empresas en Medina del Campo. Esta subvención se aplicará a trabajadores por cuenta propia y a empresas de nueva creación o implantación en el término municipal de Medina del Campo en los años 2016, 2017 y 2018.

 

  • Cuantía: El importe de la convocatoria asciende a 60.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 2413/47000 del presupuesto para 2018.

 

  • Solicitudes:
  • Se efectuará según los modelos facilitados al efecto por el servicio de Desarrollo Local y acompañados por la documentación especificada en el ANEXO de la Ordenanza reguladora de la presente ayuda (BOP núm. 70 de 25.03.2015)
  • El plazo de entrega de la solicitud junto con la documentación a aportar será de 10 días hábiles desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP.
  • Las solicitudes cumplimentadas, junto con la documentación, deberán presentarse por el Registro del Ayuntamiento de Medina del Campo o bien por cualquiera de los medios previstos en el Art. 38.4) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

 

  • Instrucción y Resolución:
  • La valoración de las solicitudes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza, corresponde a la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio ambiente, Infraestructuras, Servicios y Promoción económica, del Empleo, la Industria y el Comercio.
  • El órgano competente para resolver será la Junta de Gobierno en un plazo máximo de 3 meses. La resolución agotará la vía administrativa y frente a ella podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en los plazos y con los efectos establecidos para esta clase de recurso por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

  • Pago y justificación: El acuerdo de concesión de la subvención que pondrá fin a la vía administrativa, determinará la cuantía, forma de abono y el resto de las circunstancias exigibles para su percepción, seguimiento y justificación.

 

  • Publicación y exposición pública de las Bases completas e información: las bases reguladoras de la convocatoria a la que se refiere la Base 1ª serán publicadas en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones, en el tablón de Edictos y en la web municipal junto y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, momento a partir del cual se iniciará el cómputo del plazo establecido para  presentar solicitudes. Se facilitará a los interesados copia de las bases y cuantas informaciones y aclaraciones se necesiten de la misma, dirigiéndose al Servicio de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Medina del Campo.

 

 DESCARGA DE DOCUMENTOS:

ANEXO I – SOLICITUD

ANEXO II – PLAN DE NEGOCIO

ANEXO III – DECLARACIÓN RESPONSABLE

Ordenanza Ayudas Empresas

 

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